¿Qué es una marca y por qué conviene registrarla en Paraguay?
En Paraguay la marca no es de quien la usa primero: es de quien la registra primero. Esa sola frase explica la mayor parte de los conflictos marcarios que llegan a un estudio, y casi siempre llegan tarde.
Qué es una marca, en términos legales
La Ley N° 1294/98 “De Marcas” define en su artículo 1° que son marcas “todos los signos que sirvan para distinguir productos o servicios”. La enumeración que sigue —palabras, lemas, emblemas, monogramas, sellos, viñetas, relieves, nombres de fantasía, letras y números, combinaciones de colores, etiquetas, envases y envoltorios— es expresamente enunciativa, no taxativa.
Eso importa más de lo que parece: también puede registrarse la forma, presentación o acondicionamiento de un producto, de su envase o del lugar donde se lo expende. Un formato de local, una botella con diseño propio o una combinación de colores aplicada de manera distintiva son registrables. Un color aislado, en cambio, no lo es (art. 2° inc. d).
El punto que cuesta caro: la prelación es por fecha y hora
El artículo 12 de la ley es directo: “La prelación en el derecho a obtener el registro de una marca se determinará por la fecha y hora presentada ante la Dirección de la Propiedad Industrial”.
No dice “por quien la usa hace más tiempo”. No dice “por quien tiene más facturación con esa marca”. Dice fecha y hora de presentación.
En la práctica esto significa que un negocio que trabaja diez años con un nombre, lo posiciona, invierte en publicidad y nunca lo registra, puede encontrarse con que un tercero lo registró y ahora tiene el derecho exclusivo de uso (art. 15). Recuperar esa marca es posible —la ley prevé la nulidad por registro obtenido por quien conocía o debía conocer que el signo pertenecía a un tercero (art. 2° inc. i)— pero se hace por vía judicial, cuesta dinero y lleva años. Registrar cuesta una fracción de eso.
Lo mínimo que hay que saber
- Duración: diez años desde la concesión, renovable indefinidamente por períodos iguales (art. 19)
- Renovación: dentro del último año de vigencia. Hay un plazo de gracia de seis meses posteriores al vencimiento, con recargo
- Alcance: estrictamente territorial. Una marca registrada en Paraguay solo protege en Paraguay
- Clases: una solicitud por clase. Para proteger en varias clases se necesitan solicitudes independientes (art. 7°)
- Oposición de terceros: hasta sesenta días hábiles desde el día hábil siguiente a la última publicación (art. 46)
El registro se pide por clases, y elegir mal se paga
La Clasificación Internacional de Productos y Servicios distingue 34 clases de productos y 11 de servicios. Cada solicitud cubre una sola clase.
Acá hay una decisión estratégica que muchas veces se toma sin pensarla: registrar solo la clase del producto que hoy se vende deja libre el flanco de los servicios asociados, y al revés. Una empresa que fabrica y además distribuye, o que vende un producto y presta el servicio técnico, normalmente necesita más de una clase. El costo de sumar una clase al momento del registro es bajo. El costo de recuperarla después de que otro la tomó, no.
Registrar no alcanza: hay que usar la marca
El artículo 27 establece que el uso de la marca es obligatorio. A pedido de parte, se cancela el registro cuando:
- no se inició el uso dentro de los cinco años posteriores a la concesión;
- el uso se interrumpió por más de cinco años consecutivos; o
- el uso se hizo con alteraciones sustanciales del carácter distintivo original.
La prueba del uso corresponde al titular (art. 28). Conviene guardar facturas, material publicitario y evidencia de comercialización con fecha: son la defensa natural frente a una acción de cancelación.
¿Y el nombre comercial? ¿No me protege ya?
Esta es la confusión más frecuente, y la respuesta tiene dos partes.
Sí, el nombre comercial está protegido: el artículo 75 dice que “el derecho exclusivo sobre un nombre comercial se adquiere por su primer uso público en el comercio” y que no es necesario registrarlo para ejercer los derechos que la ley acuerda.
Pero el nombre comercial identifica a la empresa, no a sus productos ni a sus servicios. Y probar la fecha y el alcance de un “primer uso público” en un juicio es considerablemente más difícil que exhibir un certificado de registro con fecha cierta. El nombre comercial y la marca son herramientas distintas que resuelven problemas distintos. Tener uno no reemplaza al otro.
Un detalle formal que sorprende a muchas empresas
El artículo 5° inc. d) de la ley es explícito: las personas jurídicas solo pueden concurrir mediante apoderado, que debe ser un agente de la propiedad industrial matriculado. Una sociedad no puede presentar su propia solicitud de marca por sí misma. Además, el solicitante o su apoderado debe constituir domicilio en la capital de la República.
Qué hacer antes de invertir en una marca
Antes de imprimir packaging, comprar un dominio o lanzar una campaña, la secuencia razonable es:
- Búsqueda de antecedentes en los registros de la DINAPI, para verificar que el signo esté disponible en la clase que interesa y que no exista uno confundible
- Definir las clases según lo que la empresa vende hoy y lo que planea vender en los próximos años
- Presentar la solicitud lo antes posible: la prelación se gana con fecha y hora
- Monitorear las publicaciones para oponerse a tiempo a solicitudes de terceros que puedan confundirse con la marca propia
¿Querés verificar si tu marca está disponible? Hacemos la búsqueda de antecedentes en la DINAPI y te decimos con franqueza si conviene registrar ese signo o modificarlo antes de invertir.
Fuentes normativas: Ley N° 1294/98 “De Marcas” (arts. 1°, 2°, 5°, 7°, 12, 15, 19, 27, 28, 46, 75); Decreto Reglamentario N° 22365/98; Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI), creada por Ley N° 4798/2012.
